Se busca que se cierre el boquete por donde estarÃan presentándose las irregularidades en el pago del subsidio.
“Las facturas de compra o documentos equivalentes a factura emitidas por personales naturales que no tengan establecimientos de comercio debidamente registrados o que pertenezcan al régimen simplificado de IVA, precooperativas y las personas jurÃdicas quienes hayan sido sujeto de imputaciones de fraude anteriormente, estarán excluidos para tramitar el subsidio cafetero”, explicó en un documento la Federación Nacional de Cafeteros (FNC).
La Resolución 352 de 2013 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural establece cinco documentos que los compradores que deseen ser autorizados deben entregar a la Federación: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio (no mayor de 90 dÃas); Registro Único Tribitario (RUT); formato de carta de compromiso que autoriza a la FNC realizar inspecciones al comprador; formato para acreditación de condiciones jurÃdicas; y formato para acreditación de inventarios de café a la fecha y ventas de café a terceros.
“El plazo para la implementación de este nuevo registro de Compradores Autorizados PIC será de diez dÃas hábiles después de publicada la Resolución en el Diario Oficial”, señaló la FNC, que agrega que esto ocurrirá en los primeros dÃas de noviembre. “Los primeros cinco dÃas servirán para que los primeros compradores interesados presenten la documentación para el registro y los siguientes cinco para que la FNC revise la información entregada y publique el primer listado de Compradores Autorizados PIC”, agregó la Federación.
Por último, la FNC señaló que los documentos deberán ser entregados en las sedes de los Comités Departamentales de Cafeteros más cercanos a la sede de los compradores.
Informacion Portafolio.co