“La Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, en decisión del día de hoy (lunes), confirmó el fallo de única instancia del 9 de diciembre de 2013, mediante el cual encontró disciplinariamente responsable al señor Gustavo Francisco Petro Urrego, en su condición de alcalde mayor de Bogotá, por la realización de tres faltas gravísimas en la implementación del nuevo modelo de aseo en la ciudad de Bogotá”, señala la decisión dada a conocer hace pocos minutos por la Procuraduría.
Antes, Ordóñez había rechazado rechazó este lunes la recusación interpuesta en su contra por la defensa del Alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, luego de ser destituido e inhabilitado por 15 años por irregularidades halladas en el modelo de aseo en la capital de la República.
Según el jefe del Ministerio Público, no existen razones sólidas para declararse impedido frente al caso.Con esta decisión queda despejado el camino para que la Procuraduría resuelva el recurso de reposición con el cual el Alcalde pretendía que fuera reconsiderada la destitución e inhabilidad en su contra.
Segundos después de conocer la noticia, Petro se pronunció a través de Twitter. “Alerta democrática en Bogotá” escribió en su cuenta de esa red social.
Las razones para rechazar la recusación
El Procurador explicó que “no se configuran las causales señaladas en el numero primero y cuarto del artículo 84. Eso quiere decir fundamentalmente que el Procurador, con fundamento en normas constitucionales y legales del estatuto de la Procuraduría designó a la Sala Disciplinaria, de acuerdo a las competencias que la ley otorga, para tramitar dicha investigación para proferirse las decisiones correspondientes. Por tal razón a no tener ninguna intervención de carácter procesal, al no impedirse ejercer esta distribución de competencias generadas en la ley, al hacer funcionarios autónomos e independientes no existe razón alguna para la causal señalada”.
El segundo argumento de Ordóñez es que el hecho de haber comunicado a la opinión pública la decisión de la Sala no tiene la virtud de comprometerle el criterio y que además no interviene en la decisión de la controversia.
El jefe del Ministerio Público dijo que su última razón para rechazar las pretensiones del Alcalde es porque tener determinadas convicciones religiosas no es un impedimento para ejercer sus funciones.“La Corte Constitucional en recusación que se le hiciera al mismo funcionario advirtió que el hecho de que lo funcionarios públicos tengamos convicciones religiosas y se conozcan, es algo protegido y garantizado por las normas constitucionales. Ello no es razón para impedir el ejercicio de ninguna función pública, no puede ser discriminatorio”.
Sobre la posibilidad de nombrar un procurador ad hoc para el proceso, recordó que “ya la Corte ha dicho, con ponencia de Eduardo Montealegre, actual fiscal, que el Procurador puede delegar a la viceprocuradora o la Sala Disciplinaria para adelantar procesos contra los aforados y el señor Alcalde es aforado”, agregó Ordóñez
Dijo además que se equivocan quienes piensan que la institución se fortalece con el capricho de un funcionario.
“Tenemos las competencias que otorga la Constitución y la Ley. Nos corresponde cumplirlas a cabalidad con caracter independencia y objetividad”, dijo Ordóñez durante la posesión de 45 nuevos funcionarios en la Procuraduría.
Según Ordóñez, la trascendencia de la Procuraduría es no solo lograr el cumplimiento de sus deberes, sino garantizar la buena marcha de la administración.
“Entiendan que esta institución ha sido baluarte indispensable del fortalecimiento de nuestra institucionalidad y garante. Lo fue, lo ha sido y lo será. Está en el ADN de la Procuraduría. Las instituciones no se construyen accidentalmente. La prrmanencia de ellas es prueba”, agregó Ordóñez.
Decisión definitiva
Las declaraciones se dan luego del debate que se ha hecho en el país, acerca de las facultades del Ministerio Público para tomar decisiones sobre quienes han sido elegidos por voto popular, a propósito de la destitución e inhabilidad de Gustavo Petro.
Según la Procuraduría, el Alcalde Gustavo Petro actuó irregularmente porque impuso un monopolio público del aseo, que no está contemplado en la ley, violó la libre competencia y generó una crisis en ese servicio los días 18, 19 y 20 de diciembre del 2012.El Ministerio Público ha hecho saber que no tiene intención de dilatar una decisión. Y teniendo en cuenta procesos anteriores contra gobernadores y otros alcaldes, se prevé que ratifique el fallo del 9 de diciembre, en el que destituyó e inhabilitó a Petro para ocupar cargos públicos por 15 años.
Por esto, el Alcalde y sus abogados se jugaron una carta ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a la que le pidieron adoptar una medida cautelar para obligar a suspender el fallo de la Procuraduría. El jueves el Gobierno Nacional tuvo que enviarle a la CIDH información sobre el caso.
Al respecto, Ordóñez advirtió que las normas de la CIDH no son vinculantes: “Ellos no pueden ordenar a ningún Estado. Pueden solicitar. El sistema interamericano de justicia es complementario no alternativo, pero son eventualidades que hay que esperar, eso es lo que dicen las normas”.
Marchas y petición al Presidente
La decisión del Procurador desató desde el pasado diciembre una fuerte polémica que aún permanece en el país. De hecho, el Alcalde ha insistido en convocar a diferentes marchas en la Plaza de Bólivar. La más reciente de ellas fue el pasado viernes 10 de enero. Allí, ante miles de personas que colmaron la plaza, Petro insistió en defender su gestión, atacó la decisión del Procurador y aseguró que el escenario ideal para pronunciarse sobre su mandato es el referendo revocatorio previsto para el dos de marzo.
Petro también le solicitó a Santos que facilite las condiciones para que sean los bogotanos los que decidan en las urnas la suerte de su Gobierno. Este mensaje busca que el mandatario privilegie el derecho de revocatoria por encima de la decisión del Procurador. Cabe recordar que en ambos procesos, el papel del Presidente es fundamental.
“Ese día (en el que se confirme la decisión de la destitución) comenzará una decisión difícil para el Presidente”, dijo.
Una vez la Procuraduría confirme el fallo en el que destituye al Alcalde de Bogotá, Santos tendrá 10 días para emitir el decreto en el que se convocarían elecciones atípicas.
Informacion Portafolio.co