Domingo, 24 de Noviembre del 2024
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Día sin carro en Bogotá también será sin motos

Publicado el 30/01/15

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Durante la jornada, que se realizará el jueves 5 de febrero de 5 de la mañana a 7:30 de la noche, solo podrán circular medios de transporte público o alternativo. No podrán circular por las calles de la ciudad carros particulares ni motocicletas.

En la ciudad hay 1’467.578 carros particulares matriculados que no podrán salir el jueves, al igual que 424.588 motocicletas. La medida también opera para parque automotor matriculado fuera de la ciudad y que circula en Bogotá.

La idea de que tampoco circulen motocicletas es que se intensifique el uso de modos alternativos de transporte que apoyen el Sistema Integrado de Transporte y el sistema masivo TransMilenio.

Los usuarios de la bicicleta dispondrán de 459,5 kilómetros de vías exclusivas para su circulación, pues el Distrito aseguró que garantizará 67,5 kilómetros de ciclovía y 392 kilómetros de la red de ciclorrutas (vías de cicla y bicicarriles).

La administración anunció que las actividades programadas por las distintas entidades del distrito relacionadas con el tema de la movilidad buscan motivar a los ciudadanos a reflexionar sobre sus hábitos de movilidad y la necesidad de transformar el efecto de la dependencia del carro.

Para las motocicletas, habrá excepciones en caso de que estas estén vinculadas a una empresa y preste los servicios de mensajería, domicilios, servicios públicos domiciliarios y transporte de personas en situación de discapacidad.

Las motos que sí podrán circular

Las vinculadas a empresas que prestan el servicio de mensajería y domicilios debidamente identificadas, o con logos y/o distintivos.

Las de autoridades Militares, de Policía y de organismos de seguridad del estado.

Las utilizadas para la atención de emergencias y servicios de salud.

Las vinculadas a empresas de servicios públicos domiciliarios debidamente identificadas o con logos y/o distintivos.

Las destinas al transporte de personas en condición de discapacidad.

Las destinadas al control de trafico.

Las de escolta que estén al servicio de actividades inherentes a la protección de personas debidamente autorizadas por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por organismo del estado y solo durante la prestación del servicio.

Las multas para quienes no acaten la medida serán de 322.200 pesos, además de la inmovilización del vehículo.

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