Desde las 10:30 am, los nueve magistrados de la Corte Constitucional se encuentran reunidos en una sala extraordinaria que tiene como único propósito discutir un expediente de la mayor importancia para el país: el plebiscito para la paz. Se trata de un tema que desde diciembre del año pasado se encuentra dentro del alto tribunal y que tiene como objetivo decir si esta forma de refrendar los acuerdos de La Habana cumple con los principios de la constitución.
Es un debate trascendental para los esfuerzos de paz que desde hace más de cinco años realiza el Gobierno y las Farc. Lo que diga la Corte, en palabras sencillas, determinará la manera en que se le preguntará al pueblo si está o no de acuerdo con ese acuerdo final de paz que se logre en Cuba. De acuerdo con el proyecto de fallo del magistrado ponente Luis Ernesto Vargas, revelado por El Espectador, el plebiscito, aprobado por el Congreso en diciembre del año pasado, sería ese mecanismo de refrendación popular pues cumple con los principios de la Carta Política y no tuvo ningún error en el trámite que se desarrolló en la Cámara de Representantes y el Senado.
Según varias fuentes del alto tribunal, la mayoría de magistrados estarían de acuerdo con la tesis planteada por el magistrado Vargas. Sin embargo, el debate que ya se está dando dentro de la Corte gira al rededor de tres temas fundamentales: el umbral, el carácter vinculante del plebiscito y si se debería estar hablando más bien de un referendo.
Por una parte, varios magistrados han mostrado sus reparos con que el umbral que se tenga en cuenta en el plebiscito sea del 13%, como lo dice el proyecto de ley y el proyecto de fallo que se estudia hoy en el alto tribunal. De acuerdo con la ponencia del magistrado Vargas, promover este número para el umbral tiene como objetivo disminuir los incentivos para la abstención y , según él, cumple con las condiciones de representatividad y legitimidad democrática. Sin embargo, magistrados como Jorge Pretelt, han dicho que el umbral propuesto es“exageradamente desproporcionado”.
Quienes critican este punto del plebiscito, agregan, desde un análisis del derecho comparado de diferentes países, que el 13% es un número mucho más bajo que lo requerido, por ejemplo, en un referendo -en Colombia es del 25%-. Aunque este tema es clave para la aprobación del plebiscito, hay otro punto que se desprende de este debate y es si, ante esta cifra, se debería hablar más bien de un referendo. Para magistrados como Alejandro Linares y Gloria Stella Ortiz, esta idea es completamente válida. Ambos apoyan la propuesta pues argumentan que se debe hablar de un sistema de refrendación apenas consultivo y no decisorio. Es decir, que el resultado del plebiscito solo sea tomado en cuenta para saber qué opina el pueblo sobre el acuerdo final de paz, y no como una manera de incorporar los acuerdos en la Constitución.
La posición de esos dos magistrados abre la posibilidad para que la Corte, en una fallo modulado, determine que en realidad se trata de un referendo consultivo que no genera obligaciones, no es vinculante para el pueblo, y que por eso no requiere de un umbral específico. La postura del magistrado Pretelt, es todavía más radical pues, para él, no hay duda de que el mecanismo para refrendar los acuerdos es el referendo. Dice además que, debido a la diversidad de los temas tratados en el Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, sería desleal con la ciudadanía buscar la expresión de su consentimiento formulando una sola pregunta.
Se trata, en todo caso, de un debate que requiere de toda la calidad y seriedad de la Corte. El resultado de su discusión, será respetado, tanto por el Gobierno, como por las Farc. Aunque no es seguro que hoy mismo haya una votación, lo que ha trascendido es que los magistrados están dispuestos a tener una decisión antes del miércoles, 20 de julio.