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Tipos de visa que exigirá Colombia desde el 15 de diciembre

Publicado el 25/10/17

Con la entrada en vigencia de la resolución 6045 de 2017, a partir del 2 de noviembre el visado en el país tendrá varias trasformaciones, ya que este documento se dividirá en tres tipos: V (visitantes), M (migrantes) y R (residentes), así lo dio a conocer el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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La visa tipo R de residente, se entregará al extranjero que quiera permanecer en el territorio colombiano y que fije un domicilio en el país. Está también se le otorgará a aquellas personas que hayan permanecido en Colombia de forma continua por 2 años.

La visa tipo “R” tiene un permiso abierto de trabajo y permite a su titular realizar cualquier actividad lícita en el territorio nacional. El tiempo de validez de este documento es por 5 años.

El visado M de migrante, se la dará a aquellas personas que quieran ingresar al país, con el propósito de establecerse, pero que por algún motivo no cumplen con las condiciones para tener la visa R.

Para el visado M debe cumplir con estos requisitos, Ser cónyuge o compañero(a) permanente de un colombiano(a); ser padre o hijo de nacional colombiano por adopción; ser nacional de alguno de los Estados Partes del Mercosur.

Este documento se les otorgará a los religiosos, misioneros o religiosos en formación, de una iglesia o confesión religiosa, reconocida por el Estado.

Visa V visitante, se dará al extranjero que visite el país de manera frecuente o permanezca temporalmente en Colombia sin establecerse, como tal.

Esta visa es más para fines de turismo, negocios, estudios académicos, tratamientos médicos, planes de inversión entre otras actividades.

La vigencia de esta visa V será de 2 años, de acuerdo a la actividad que va a ejercer el extranjero en el país.



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