Sábado, 23 de Noviembre del 2024
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A partir del 13 de abril, pico y género hasta el 27 de abril.

Publicado el 10/04/20

Básicamente las medidas son las mismas del decreto por el cual se reglamentó la cuarentena en la ciudad. Sin embargo, hay excepciones que se deben tener en cuenta. Acá les contamos cuáles, para quiénes y cómo aplican las nuevas restricciones.

¿Cuándo comienza el pico y género?

Comienza de manera pedagógica este jueves 9 de abril. Y desde las 00 horas del lunes 13 de abril la restricción será obligatoria. La medida va hasta las 00 horas del 27 del mismo mes.

¿Cómo aplicará el pico y género?

Los días pares (2, 4, 6 y 8) pueden transitar solo las mujeres.
Los días impares (1, 3, 5, 7 y 9) pueden transitar solo los hombres.

¿Cuándo pueden transitar las personas transgénero?

Pueden transitar los días que lo necesiten, apegadas a lo que indica el decreto, de acuerdo a su identidad de género. 

¿Cuál es la multa para quien desatienda la cuarentena?

El valor de la multa es de 936.320 pesos.

¿Qué pasa con los taxistas?

El servicio de taxi no está restringido, pero solo se permite el que pueda solicitarse por teléfono o una plataforma.

¿Los taxistas deben llevar registro de los usuarios?

Sí. Cada taxista debe llevar un registro de cada uno de sus usuarios en el día, con nombre, sitio donde recogió, destino y teléfono de contacto.

¿Aplica el pico y placa para carros en la ciudad?

No. El pico y placa para vehículos ya fue levantado, sin embargo, por la cuarentena se prohibió la circulación de vehículos en la ciudad, con algunas excepciones. Tenga en cuenta que el pico y género no aplica en nada para las plazas de los vehículos.

¿Cuáles son las personas exentas?

-Las exenciones son las mismas que se establecieron para la cuarentena el 25 de marzo. Estas son algunas de las 37 exenciones:
-Personal de asistencia y servicio de salud.
-Para adquirir bienes de primera necesidad: alimentos, bebidas, elementos de aseo y limpieza, medicamentos y dispositivos médicos.
-Servicios bancarios, financieros, de operadores de pago y servicios notariales.
-Asistencia y cuidado de niños, niñas, adolescentes y personas mayores de 70 años, con discapacidad y personas con tratamientos especiales.
-Prestar servicios de cuidado de personas enfermas, en situación de discapacidad, menores de 18 años, adultos mayores de 70 años, personas especialmente vulnerables o animales.
-Cadenas de producción, transporte, comercialización de insumos agrícolas y pecuarios.
-Por causa de fuerza mayor o fortuito.
-En el caso del servicio de taxi solo puede funcionar si se pide por teléfono o plataforma tecnológica .
-Misiones médicas y organismos internacionales de salud.
-Establecimientos para la comercialización de medicamentos o producto s farmacéuticos
-Servicios funerarios.

¿Cuántas personas por hogar pueden transitar?

Solo una persona por núcleo familiar

Fuente eltiempo.com

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