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Cuarentena total, toque de queda nocturno y pico y cédula en Bogotá, este fin de semana

Publicado el 22/01/21

Las autoridades recomiendan estar atentos a las recomendaciones, prográmarse y seguir los protocolos de bioseguridad para contrbuir con la reducción del covid-19 en la ciudad.

De acuerdo con la información emitida esta semana por la Alcaldía Mayor de Bogotá, desde este viernes 22 de enero a las a las 8:00 p.m., hasta el lunes 25 de enero a las 4:00 a.m., la capital colombiana entrará nuevamente en cuarentena general y solo podrán salir a las calles de la ciudad las personas que hagan parte de las excepciones establecidas por el Distrito.

El pasado 18 de enero, la alcaldesa de Bogotá, Claudia López se reunió con el comité epidemiológico nacional, el secretario de Salud, Alejandro Gómez y el ministro de Salud, Fernando Ruiz. En esa reunión se estableció que este fin de semana, de nuevo, los bogotanos estarán confinados para contener la velocidad de propagación del covid-19 en la capital colombiana.

Mediante el decreto 023 de 2001, el Distrito aprobó las restricciones antes mencionadas. Además, dentro del edicto se ratifica que las localidades, que en este momento se encuentran confinadas por 15 días, que son Bosa, Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe, Tunjuelito y Usme permanecerán en cuarentena estricta hasta el 28 de enero a las 11:59 p.m.

Toque de queda nocturno

De igual manera, otras de las restricciones que la mandataria capitalina decretó para Bogotá es el nuevo toque de queda, que viene rigiendo desde el martes 19 de enero de 2021 e irá hasta al jueves 28 de enero del año en curso, entre las 8:00 p.m. y las 4:00 a.m.

Por otro lado, recuerde que el pico y cédula seguirá rigiendo en la ciudad para ingresar a establecimientos comerciales, adquisición y el pago de bienes y servicios; compra de cualquier producto al detal y por mayor; servicios bancarios, financieros, notariales y de atención al ciudadano en entidades públicas.

Mientras tanto, en aras de que no tenga que pagar multas por incumplir las medidas antes mencionadas, el Distrito le recordó a la ciudadanía que si debe salir, utilice la estrategia DAR (Detecto, Aíslo y Reporto); además, evite hacer reuniones con amigos y familiares con el fin de evitar posibles contagios.

También habrá condicionamiento en la movilidad

Según informó el gobierno bogotano, este fin de semana habrá restricción a la circulación de personas y vehículos por vías y lugares públicos en la ciudad de Bogotá D.C. desde las 08:00 p.m. del 22 de enero de 2021 hasta las 04:00 a.m. del día 25 de enero de 2021.

“También aplicará los días 19, 20, 21, 25, 26, 27 y 28 de enero de 2021, en el horario comprendido desde las 8:00 p.m. hasta las 4:00 a.m.”, detallaron.

La ley seca continúa y se prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en sitios públicos o abiertos al público o cuya actividad privada trascienda a lo público en toda la ciudad desde las ocho de la noche (8:00 p.m.) del viernes 22 de enero de 2021, hasta las cuatro de la mañana (04:00 a.m.) del lunes 25 de enero de 2021.

Recuerde que solo se permitirá el expendio de bebidas alcohólicas cuando se realice a través de domicilio entre las 5:00 a.m. y las 10:00 p.m.

¿Quiénes pueden circular durante la cuarentena general del 23 y 24 de enero de 2021?

La Alcaldía botana informó a sus ciudadanos que durante el periodo de restricción se exceptúan las personas y vehículos indispensables para la realización de las siguientes actividades:

  • Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad. Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona per núcleo familiar.
  • Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud.
  • Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y de animales.
  • Orden público, seguridad general y atención sanitaria.
  • Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera.
  • Se autoriza la comercialización por entrega para llevar y entrega a domicilio de productos por parte de establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, la cual se realizará exclusivamente en el horario comprendido entre las 5:00 a.m. y las 10:00 p.m.

Fuente: Infobae



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