Domingo, 24 de Noviembre del 2024
xb-prime


Los cuatro hechos claves para el futuro del aborto en Colombia

Publicado el 23/02/22

Durante las últimas 24 horas, el Ministerio de Salud puso a un equipo técnico y jurídico a analizar el fallo de la Corte Constitucional, que despenalizó el aborto hasta el sexto mes de gestación y le ordenó al Gobierno reglamentar estas nuevas condiciones.

La decisión, sin embargo, fue duramente cuestionada por el presidente Iván Duque, quien puso en duda la legitimidad que tienen los cinco magistrados de la alta corte que votaron a favor de la descriminalización del aborto.

El histórico cambio al Código Penal también provocó reacciones entre los candidatos presidenciales. Unos salieron a respaldar la decisión de la Corte y saludaron lo que consideraron un avance para los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Otros, en cambio, rechazaron la despenalización e incluso prometieron tumbar el fallo de llegar a encabezar el Ejecutivo (ver recuadros).

Más allá de la polarización y las largas discusiones morales y jurídicas, la Corte les hizo un fuerte llamado a los otros poderes del Estado –el Ejecutivo y el Legislativo– para que pavimenten las bases de una política pública para acceder al derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en el país.

EL COLOMBIANO desglosa uno a uno los nuevos escenarios que dejó la decisión de la Corte Constitucional y las posiciones que se han tomado en torno a un tema que ha sido polémico en Colombia y el mundo.

1. Tendrán que fijarse nuevas normas

En el comunicado del fallo –cuya versión completa aún no se ha conocido–, la Corte Constitucional no solo se limitó a despenalizar el aborto hasta la semana 24, sino que les pidió al Gobierno Nacional y al Congreso cumplir con seis puntos para expedir una nueva política pública que reglamente esa práctica.

Entre otras cosas, les solicita establecer lineamientos que les permitan a las mujeres estar informadas sobre las opciones que tienen durante el embarazo y después de este; eliminar barreras para acceder al aborto; garantizar el acceso a la anticoncepción; desarrollar programas de educación sexual y reproductiva –tanto para mujeres como para hombres–; plantear alternativas como la adopción para las gestantes; y crear mecanismos para garantizar los derechos de los niños que nazcan “en circunstancias de gestantes que desearon abortar”.

Daniel Trejos, jurista del Colegio de Abogados en Derecho Médico, dijo que el Congreso debería asumir su rol de legislador y cimentar una ley sobre el aborto, sin embargo se trata de un escenario improbable y que no resulta determinante a la luz de la decisión que tomó la Corte Constitucional. “¿Es necesario? No es necesario. Yo no tengo que tener una ley, porque con el fallo de la Corte el delito se modificó”, explicó Trejos.

El Ministerio de Salud, en contraste, sí tiene un reto más grande enfrente. De acuerdo con Ana Cristina González, fundadora de Causa Justa, el movimiento feminista que interpuso la demanda que desembocó en la despenalización del aborto, se espera que ese Ministerio ajuste su reglamentación a lo que le pide la Corte y a las nuevas condiciones para acceder al aborto, que antes estaba limitado a las tres causales –violación, malformación y riesgo de vida para la gestante–.

EL COLOMBIANO se comunicó con el Ministerio de Salud para consultar cuál es su posición frente al fallo de la Corte. Sin embargo, desde esa cartera ministerial señalaron que sus “técnicos” están estudiando la decisión y advirtieron que una vez se consolide este proceso, emitirán un pronunciamiento.

Mientras el Gobierno emite su reglamentación, Juan Carlos Vargas, asesor científico de Profamilia, señaló que podría haber una mala interpretación de las nuevas condiciones que estableció la Corte. “Podría pensarse que como no hay una resolución correspondiente todavía no se puede aplicar el fallo. Pero la sentencia es clara y dice que es de aplicación inmediata”, explicó Vargas.

2. Así funcionará el aborto para las mujeres

Quienes están más directamente involucradas en la decisión de la Corte Constitucional son las 26.442.213 mujeres y niñas que hoy habitan en Colombia según el Dane. A partir de este 21 de febrero solo tienen que manifestar su voluntad de abortar durante las primeras 24 semanas del embarazo para acceder a ese derecho.

Pero, ¿cómo pueden acceder efectivamente a este procedimiento médico? Lucía Hernández, abogada de la organización Women’s Link Worldwide, señaló que mientras no haya una nueva regulación del Ministerio de Salud, las mujeres y los trabajadores sanitarios pueden acogerse a las normas que ya estaban establecidas.

En esa medida, las mujeres que tengan la voluntad de interrumpir su embarazo deberán pedir una cita con su médico general –no necesitan de un especialista– y solicitar que se les practique el procedimiento, sin necesidad de dar mayores explicaciones.

A partir de entonces, y en la medida de las posibilidades médicas, las EPS tienen cinco días para realizarles la IVE a las mujeres, según está consignado en la Sentencia T-841 de 2011, emitida por la misma Corte Constitucional.

3. El Gobierno rechazó el fallo de la corte

En varias intervenciones que hizo en medios de comunicación, el presidente Iván Duque se pronunció en contra del fallo de la Corte Constitucional. En entrevista con la revista Semana, el mandatario dijo que los cinco magistrados que votaron a favor de la despenalización del aborto “no pueden tomar una decisión frente a un tema que es del resorte de las instituciones que representan a la sociedad, creo que se está sustituyendo una función que le corresponde al Congreso”.

Duque señaló que la “vida empieza desde la concepción” y dijo que se identifica como “provida”. También advirtió que le preocupa que haya una “proliferación del aborto y que se empiece a considerar casi como un método anticonceptivo”.

Por su parte, la vicepresidenta y canciller, Marta Lucía Ramírez, sostuvo que hubo un “exceso” en los términos de la despenalización de la Corte. Y se manifestó en contra de la IVE a los seis meses de gestación.

En contraste, Lucía Hernández señaló que la Corte Constitucional no incurrió en una usurpación de las funciones del Congreso. Indicó que después de que se establecieran las tres causales para acceder a los abortos, la judicialización de mujeres subió hasta un 300 %. Ese fue uno de los factores de vulneración de derechos que impulsó a la Corte a cambiar el Código Penal.

Hernández también señaló que entre más información haya y más confianza tengan las mujeres para interrumpir su embarazo de forma segura en las instituciones de salud, los abortos se van a hacer más temprano. “Ninguna mujer se queda esperando en su casa a que se cumplan las 24 semanas para salir a consultar, sino todo lo contrario”, anotó Hernández.

Y reiteró que, según cifras de Causa Justa, solo el 2 % de los abortos se hacen después de la semana 20 de gestación.

4. Duro debate jurídico: ¿se puede tumbar?

Aunque varios movimientos y candidatos presidenciales han propuesto implementar referendos, proyectos de ley y hasta reformas constitucionales para reversar la decisión de la Corte Constitucional, este alto tribunal tiene la potestad de frenarlos. Más aún, porque esa corporación ha señalado que el aborto está estrechamente ligado a otros derechos fundamentales como la salud y la vida para las mujeres. En esa medida, es improbable que le dé el visto bueno a acciones que retrocedan en la materia.

Además, se espera que cuando la magistrada Natalia Ángel Cabo, que es considerada de corte liberal, reemplace al magistrado Alberto Rojas Ríos las cargas a la hora de votar no cambien.

Una vez la Corte Constitucional publique el fallo, podrían presentarse incidentes de nulidad para tumbar su decisión. Estos recursos jurídicos podrían señalar errores procedimentales, sin embargo las declaraciones de nulidad son muy poco frecuentes, según los juristas consultados por este diario.

Fuente: El Colombiano.



Comments are closed.